El pasado 9 de abril, Andrés Manuel López Obrador, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, anunció la creación de un organismo, llamado Instituto Nacional de Salud para el Bienestar, cuyo objetivo sería el de garantizar, que los aproximadamente 60 millones de mexicanos que no cuentan con ningún servicio médico, tengan acceso a servicios básicos de salud y medicamentos gratuitos, así como la integración y optimización del Sistema Nacional de Salud (SNS), eliminando la fragmentación actual.

“Vamos por eso a reestructurar todo el sistema de salud, vamos a crear un Instituto Nacional de Salud para el Bienestar, que se va a ocupar de la atención de quienes no tienen posibilidades de contar con un seguro, de la población no asegurada, es de los cambios que vamos a llevar a cabo”. Andrés Manuel López Obrador.

Al respecto, el pasado 13 de mayo, se hizo público el “Decreto mediante el cual se crea el organismo descentralizado denominado Instituto de Salud para el Bienestar (ISB)” en la página de CONAMER, en cual se establece que tendrá por objeto: proveer y garantizar la prestación de servicios de atención a la salud y medicamentos gratuitos a la población carente de seguridad social.

De acuerdo con el anteproyecto de decreto presidencial, será un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Salud (SSA), y en coordinación con ésta, impulsará acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación del SNS.

La dirección y administración del Instituto estará a cargo de un director general y una junta de gobierno que será presidida por el titular de la SSA, y contará con la participación de los titulares de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud de la SSA, de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud de la SSA; de la Unidad de Administración y Finanzas de la SSA; de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; de la Secretaría de Bienestar Social; del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

De acuerdo con las declaraciones del Presidente Andrés Manuel López Obrador del pasado 12 de abril, el ISB será dirigido por Juan Antonio Ferrer Aguilar, quien anteriormente fuera director del Instituto Nacional de Antropología e Historia de Tabasco.

A propósito del tema, el 16 de mayo, el hoy ex Director General del IMSS, Germán Martínez Cázares, declaró que este nuevo Instituto retomará el modelo de atención primaria y participación comunitaria nacido hace cuarenta años como IMSS-Coplamar, y conocido hoy como IMSS Bienestar.

Adelantó, Germán Martínez, que se firmará un Convenio entre el IMSS Bienestar y el ISB, en el que ambos ganaran con la relación, destacando que la institución bajo su responsabilidad está lista y en absoluta disposición para sumar esfuerzos y voluntades para llevar a buen término la creación del Instituto de Salud para el Bienestar.

La creación oficial del Instituto de Salud para el Bienestar se dará una vez que sea publicado el decreto presidencial en el Diario Oficial de la Federación, lo cual se espera se realice muy pronto.

Funciones del Instituto de Salud para el Bienestar

I. Prestar servicios de atención a la salud y asegurar el suministro de medicamentos gratuitos, insumos y demás equipos necesarios a la población carente de seguridad social, de conformidad con los instrumentos jurídicos que al efecto suscriba con las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Salud.

II. Celebrar y proponer convenios y demás instrumentos jurídicos de coordinación, colaboración con las instituciones de salud públicas, entidades federativas y municipios, para asegurar el cumplimiento de su objeto.

III. Coordinar las acciones para ejecutar, dar seguimiento y evaluar el cumplimiento de los instrumentos jurídicos a que se refiere la fracción anterior, de conformidad con las disposiciones generales que para tal efecto emita la Secretaría de Salud.

IV. Implementar mecanismos y acciones para el acceso a los servicios de salud, atendiendo los criterios que se establezcan para tal efecto.

V. Definir, en coordinación con la Secretaría de Salud, la planeación, coordinación, operación y evaluación de redes integradas para la prestación de servicios de salud, que aseguren la atención médica y el suministro de medicamentos gratuitos a la población carente de seguridad social, las cuales se regirán en todo momento bajo los principios éticos, sociales y de respeto a los derechos humanos.

VI. Coordinarse con la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, para impulsar la prestación servicios de atención a la salud y el suministro de medicamentos gratuitos, insumos y demás equipos necesarios a la población carente de seguridad social.

VII. Determinar las regiones del país conforme a las cuales operarán las redes integradas para la prestación de servicios de salud a que se refiere la fracción anterior.

VIII. Proponer al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, las reformas a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento al objeto del presente Decreto, así como opinar respecto de aquéllas que proponga directamente la citada dependencia que se encuentren vinculadas con el objeto del presente Decreto.

Fuentes:

Instituto Mexicano del Seguro Social.
IMSS está listo para sumarse a la creación del Instituto Nacional de Salud para el Bienestar.

AMLO.
Presidente anuncia creación del Instituto Nacional de Salud para el Bienestar.

CONAMER.
Exención de la MIR. Anteproyectos 47417.