“La decisión de concluir el Acuerdo sobre Pandemias a lo largo del próximo año, demuestra hasta qué punto los países lo desean y cuán urgente lo ven, porque no estamos hablando de si habrá una nueva pandemia, sino de cuándo se producirá”. Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus
Hace tres semanas a lo sumo, les informamos sobre los trabajos que se encontraba realizando el Órgano Intergubernamental de Negociación (INB, por sus siglas en inglés), responsable de la redacción, propuesta y acuerdo de un nuevo modelo de salud global, que sería presentado en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en la que se dieron cita los representantes de los 194 países que la componen.
En esta nota, les informamos que los miembros de la OMS participantes en la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud aprobaron un amplio conjunto de enmiendas clave al Reglamento Sanitario Internacional (2005) (RSI) —el cual pueden consultar aquí—, a las que se sumó el compromiso para culminar las negociaciones sobre un acuerdo sobre pandemias de alcance mundial en el plazo máximo de un año. Vale la pena aclarar que las medidas adoptadas buscan garantizar que todos los países implementen y fortalezcan, en el menor tiempo posible, sus sistemas de salud, que protejan con oportunidad, solvencia y efectividad a sus ciudadanos ante futuros brotes y pandemias.
Con respecto a los logros alcanzados durante la 77.ª Asamblea Mundial de la Salud, el Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, Director General de la OMS, declaró: “Las históricas decisiones que hoy se han adoptado demuestran el deseo común de los Estados Miembros de proteger a su propia población, y al conjunto del planeta, del riesgo que las emergencias de salud pública y las futuras pandemias suponen para todos nosotros. Las enmiendas al Reglamento Sanitario Internacional reforzarán la capacidad de los países para detectar futuros brotes y pandemias, y darles respuesta mediante el fortalecimiento de sus propias capacidades nacionales, y la coordinación entre los Estados, en materia de vigilancia de enfermedades, intercambio de información y respuesta. Esto se sustenta en el compromiso con la equidad, la comprensión de que las amenazas para la salud no reconocen fronteras nacionales y que la preparación es un empeño colectivo”.
Las enmiendas al RSI incluyen:
- La introducción de una definición de emergencia pandémica para poner en marcha una colaboración internacional más eficaz en respuesta a eventos que podrían dar lugar a una pandemia o que ya constituyen una. Esta definición de emergencia pandémica supone un nivel de alarma más elevado que se basa en los mecanismos vigentes del RSI, incluida la determinación de una emergencia de salud pública de importancia internacional. De acuerdo con la definición, una emergencia pandémica es una enfermedad transmisible que tiene, o entraña un alto riesgo de tener, una amplia propagación geográfica a varios Estados o dentro de ellos; que excede, o entraña un alto riesgo de exceder, la capacidad de los sistemas de salud para responder en esos Estados; que provoca, o entraña un alto riesgo de provocar, considerables perturbaciones sociales y/o económicas, incluidas perturbaciones en el tráfico y el comercio internacionales; y que requiere una acción internacional coordinada rápida, equitativa y reforzada, con un enfoque que abarque a todo el gobierno y a toda la sociedad.
- Un compromiso con la solidaridad y la equidad en cuanto al fortalecimiento del acceso a los productos médicos y al financiamiento. Esto incluye establecer un Mecanismo Financiero de Coordinación para apoyar la determinación de la financiación necesaria para «dar una respuesta equitativa a las necesidades y las prioridades de los países en desarrollo, en particular con miras a desarrollar, fortalecer y mantener las capacidades básicas», y otras capacidades relacionadas con la prevención, la preparación y la respuesta frente a emergencias pandémicas, y permitir el acceso a esta financiación.
- El establecimiento de un Comité de los Estados Partes para facilitar la aplicación efectiva del Reglamento en su versión enmendada. El Comité promoverá y apoyará la cooperación entre los Estados Partes para la aplicación efectiva del RSI.
- La Creación de Autoridades Nacionales para el RSI, a fin de mejorar la coordinación en lo que respecta a la aplicación del Reglamento a nivel nacional y entre los países.
Por otra parte, los representantes de los países acordaron seguir negociando la propuesta de Acuerdo sobre Pandemias para mejorar la coordinación, la colaboración y la equidad a escala internacional para la prevención, preparación y respuesta frente a futuras pandemias, por lo que decidieron prorrogar el mandato del Órgano de Negociación Intergubernamental, para que concluya antes de la próxima Asamblea Mundial de la Salud que se realizará en 2025 como plazo máximo.
Por: Manuel Garrod, miembro del Comité Editorial de códigoF
Fuentes:
Organización Mundial de la Salud. (1 de junio de 2024).
La Asamblea Mundial de la Salud llega a un acuerdo sobre un conjunto decisivo de enmiendas de amplio alcance para mejorar el Reglamento Sanitario Internacional y fija la fecha para ultimar las negociaciones sobre una propuesta de Acuerdo sobre Pandemias
Organización Mundial de la Salud. (1 de junio de 2024).
Reglamento Sanitario Internacional (2005)
códigoF. (16 de mayo de 2024).
Es esencial adoptar un nuevo modelo de salud global para superar retos sanitarios y mejorar el acceso a diagnósticos y medicamentos