En cumplimiento del Programa Sectorial de Salud 2025–2030 (PROSESA), la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se emiten los lineamientos que determinan el procedimiento y los criterios para la prescripción de medicamentos a los que deberán sujetarse las personas licenciadas en Enfermería, así como las personas pasantes en servicio social de las carreras de salud.

El documento, firmado por el secretario David Kershenobich Stalnikowitz, marca un hito en la consolidación de un sistema sanitario universal, gratuito y de calidad, basado en el modelo del Humanismo Mexicano. En él se reconoce formalmente la capacidad del personal de enfermería para emitir recetas médicas dentro del Sistema Nacional de Salud, con el propósito de ampliar la cobertura y fortalecer la atención primaria en todo el país.

“He tenido a bien expedir el siguiente Acuerdo”, se lee al cierre del documento oficial firmado el 14 de octubre de 2025 por el titular de la Secretaría de Salud

Modalidades de prescripción

Los nuevos lineamientos establecen dos modalidades de actuación para el personal de enfermería:

  • Prescripción Inicial o Autónoma (I): confiere autoridad para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos “de forma autónoma”, sustentada en la capacidad de realizar una valoración clínica completa, diagnosticar y planificar intervenciones sin requerir la autorización de un médico. 
  • Prescripción Colaborativa (C): permite emitir recetas junto con un profesional de medicina, “con o sin su presencia in situ”, de acuerdo con los protocolos institucionales y los objetivos terapéuticos acordados.

Estas modalidades solo podrán aplicarse en establecimientos del Sistema Nacional de Salud que brinden Atención Primaria de Salud, incluyendo unidades móviles, brigadas o programas sociales y comunitarios.

Nuevos perfiles profesionales

El acuerdo incorpora formalmente dos figuras en el campo de la enfermería:

  • Enfermería de Rol Ampliado (ERA): modalidad transitoria con funciones ampliadas en el primer nivel de atención, dirigida a personal con licenciatura y al menos tres años de experiencia. 
  • Enfermería de Práctica Avanzada (EPA): perfil especializado y permanente, sustentado en formación de posgrado y competencias avanzadas para la toma de decisiones clínicas complejas.

Ambas figuras buscan responder a la escasez de personal médico en comunidades rurales y garantizar la continuidad de los cuidados.

Medicamentos autorizados

El documento detalla un catálogo de 22 grupos terapéuticos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los cuales las personas licenciadas en enfermería pueden prescribir bajo las modalidades I, C o ERA/EPA.

El listado incluye fármacos de uso común en analgesia, cardiología, endocrinología, enfermedades infecciosas, ginecología, neumología y reumatología, entre otros.

Por ejemplo, el paracetamol, el ibuprofeno y la metformina podrán autorizarse de manera autónoma, mientras que medicamentos como amlodipino, insulina humana o clopidogrel requerirán la modalidad colaborativa. Asimismo, la disposición establece que “solo podrán prescribir los medicamentos que se encuentren incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud”.

Requisitos para la emisión de recetas

El capítulo final del acuerdo fija los elementos obligatorios de toda receta expedida por personal de enfermería o pasantes.
Deberán incluir nombre completo, cédula profesional o autorización provisional, firma autógrafa o electrónica, institución educativa, modalidad de prescripción, clave del medicamento, dosis, frecuencia, duración del tratamiento y datos completos del paciente.

Además, se prohíbe el uso de papel reutilizado y se obliga a entregar los documentos “libres de alteraciones, tachaduras o enmendaduras que hagan dudar de su autenticidad”.

Con la entrada en vigor de este acuerdo, al día siguiente de su publicación, se deroga el anterior lineamiento de 2017. La medida se inscribe en la estrategia federal para “fortalecer el modelo de atención primaria de la salud” y garantizar la presencia de personal calificado en regiones con disponibilidad limitada de médicos.

La Comisión Permanente de Enfermería reiteró que esta actualización busca “lograr la adecuada utilización del potencial profesional” del gremio y promover el reconocimiento pleno de sus competencias dentro del sistema nacional de salud.

Fuentes:

Comisión Permanente de Enfermería. (2025, octubre 23).
Actualización del Acuerdo para Prescripción de Medicamentos por Enfermería.

Diario Oficial de la Federación. (2025, octubre 21).
ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos que determinan el procedimiento y los criterios para la prescripción de medicamentos a los que deberán sujetarse las personas licenciadas en Enfermería, así como las personas pasantes, en servicio social, de las carreras referidas en el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud.

Añorve, J. (2025, octubre 30).
Enfermeras y enfermeros podrán recetar medicamentos en México. ANAFARMEX.

Asprilla, T. (2025, octubre 23).
DOF publica cambios a la Ley General de Salud que autorizan a enfermería prescribir medicamentos desde el 22 de octubre. Consultor Salud.