La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) puso en marcha nuevas medidas relacionadas con la atención ciudadana y la regulación de establecimientos de servicios de salud. La autoridad incorporó sus servicios al Centro de Contacto 079, disponible permanentemente en todo el país, y publicó tres lineamientos que precisan la documentación técnica aplicable a licencias sanitarias y permisos de construcción.

Las acciones abarcan dos frentes distintos de la relación con la autoridad sanitaria: el acceso de la población a información, orientación y mecanismos de denuncia, y la definición de criterios que deberán observar hospitales, clínicas y otros establecimientos regulados al tramitar determinadas autorizaciones.

Línea 079 dará atención de Cofepris las 24 horas

La atención telefónica relacionada con Cofepris quedó incorporada al 079, número del Gobierno de México operado por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).

El servicio estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año y en todo el territorio nacional. Las personas podrán consultar requisitos, horarios, costos, plazos, ubicación de módulos y disponibilidad de trámites y servicios de la autoridad sanitaria.

La atención estará a cargo de un equipo integrado por agentes, profesionales del derecho y médicos, quienes también proporcionarán información relacionada con las alertas sanitarias emitidas por Cofepris.

De acuerdo con la comisión, actualmente recibe más de 80 mil llamadas al año vinculadas con trámites y servicios, volumen que motivó la integración de un canal permanente de orientación.

El 079 también podrá utilizarse para solicitar acompañamiento durante procedimientos administrativos y resolver dudas sobre los requisitos que deben cumplirse antes de iniciar una gestión ante la autoridad.

Quejas y denuncias podrán presentarse a través del mismo número

El nuevo esquema incorpora además la recepción de quejas y denuncias por irregularidades, condicionamiento de la atención o prácticas indebidas relacionadas con los trámites y servicios prestados por personal de Cofepris.

La autoridad indicó: “Todos los reportes serán confidenciales y se les dará seguimiento, lo que a su vez permitirá reforzar la vigilancia sobre la calidad en la prestación de los servicios”.

Además de la marcación corta 079, el Centro de Contacto cuenta con atención mediante WhatsApp en el 55 2230 2128.

Para personas que se encuentren fuera del territorio nacional se habilitaron los números 855 286 6755 desde Estados Unidos, 833 441 6060 desde Canadá y +52 55 2230 2101 desde otros países.

Tres nuevos lineamientos precisan requisitos para establecimientos de salud

En paralelo a la ampliación de sus canales de atención, Cofepris publicó tres instrumentos dirigidos a establecimientos de servicios de salud: los Lineamientos para los Establecimientos de Servicios de Salud, los Lineamientos para el Programa Médico de Servicios de Salud y los Lineamientos para el Programa Médico-Arquitectónico.

Los documentos desarrollan disposiciones previstas desde el acuerdo de simplificación de trámites publicado el 4 de mayo de 2026, y establecen cómo deberá estructurarse parte de la información técnica que acompaña determinados procedimientos ante la autoridad.

Los Lineamientos para los Establecimientos de Servicios de Salud señalan que la licencia sanitaria será revisada, validada y dictaminada por Cofepris, y mantienen a los establecimientos sujetos a las acciones correspondientes de control y vigilancia sanitaria. También establecen que los apéndices incluidos en el instrumento servirán como guía para cada tipo de servicio y para integrar el documento técnico correspondiente.

Los trámites presentados antes de la entrada en vigor de estos lineamientos continuarán resolviéndose conforme a las disposiciones vigentes al momento en que fueron ingresados.

Programa médico deberá describir actividades y recursos del establecimiento

Uno de los documentos publicados establece la estructura del Programa Médico de Servicios de Salud, relacionado con el trámite COFEPRIS-05-034 para obtener la Licencia Sanitaria de establecimientos donde se practiquen actos quirúrgicos u obstétricos.

El lineamiento señala que el programa deberá permitir identificar las actividades y servicios que pretende desarrollar el establecimiento. Entre la información solicitada se encuentran sus datos generales, nivel de atención, objetivo, servicios médicos ofrecidos y procedimientos médico-quirúrgicos previstos.

También contempla información relacionada con el personal necesario para operar las distintas áreas, recursos materiales, equipos e insumos, reglamento interno y autorización del personal médico responsable.

El documento establece además que el programa deberá ser elaborado por el médico responsable del establecimiento y presentarse de manera completa, correcta y obligatoria como parte del procedimiento correspondiente.

La regulación comprende, entre otros, establecimientos que realizan actos quirúrgicos u obstétricos, cirugía mayor, cirugía ambulatoria, cirugía de corta estancia, cirugía maxilofacial, cirugía oftalmológica y procedimientos de reproducción asistida.

Permisos de construcción deberán acompañarse de un programa médico-arquitectónico

El segundo instrumento técnico desarrolla los requisitos del Programa Médico-Arquitectónico, utilizado para el Permiso Sanitario de Construcción de Establecimientos Médicos.

Este programa debe describir cómo la infraestructura física corresponde con las actividades médicas que desarrollará el establecimiento. Cofepris contempla su aplicación en proyectos de obra nueva, ampliación, remodelación, rehabilitación, acondicionamiento, equipamiento o regularización.

Entre los elementos que deberá contener se encuentran los datos del establecimiento, servicios médicos, procedimientos previstos, dimensiones de las áreas, acabados, características de las instalaciones y planos arquitectónicos.

El documento indica además que el programa deberá ser elaborado conjuntamente por el personal médico responsable y el arquitecto o ingeniero encargado del proyecto. En sus anexos aparecen ejemplos para documentar servicios como consulta externa, cirugía ambulatoria, auxiliares de diagnóstico, hospitalización, hemodiálisis y distintas especialidades quirúrgicas.

La solicitud de licencia sanitaria posterior deberá presentarse ante la misma autoridad que haya expedido el permiso sanitario de construcción, ya sea Cofepris o la autoridad de protección sanitaria de la entidad federativa correspondiente.

Los lineamientos entran en vigor al día siguiente de su publicación y mantienen el régimen anterior para solicitudes presentadas antes de esa fecha.

Requisitos específicos para servicios sujetos a mayor vigilancia sanitaria

Los Lineamientos para los Establecimientos de Servicios de Salud abarcan también actividades como bancos de sangre, disposición de órganos, tejidos y células, trasplantes, medicina regenerativa, hemodiálisis y otros servicios sometidos a autorización sanitaria.

Para integrar el documento técnico, la autoridad solicita información relacionada con procedimientos, responsabilidades, personal, recursos humanos y materiales, equipamiento, insumos, mantenimiento y mecanismos de evaluación.

En materia de equipamiento, por ejemplo, el lineamiento establece que los establecimientos deberán identificar los equipos, materiales, instrumentos, reactivos e insumos utilizados y disponer de recursos suficientes para desarrollar las actividades previstas. También contempla cronogramas de mantenimiento y calibración para equipamiento empleado en actividades consideradas críticas.

La autoridad regulatoria implementa estas medidas como parte de los procesos destinados a reducir riesgos sanitarios y reforzar la seguridad de la población. La incorporación de Cofepris al 079 amplía las vías para recibir orientación, resolver dudas sobre trámites, consultar alertas y reportar irregularidades, mientras que los nuevos lineamientos precisan los requisitos técnicos que deben cumplir determinados establecimientos y proyectos de atención médica.

En conjunto, estas acciones buscan mejorar tanto el contacto entre la ciudadanía y la autoridad como la revisión de las condiciones bajo las cuales operan hospitales, clínicas y otros servicios sujetos a autorización sanitaria.

Fuentes

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. (2026, septiembre 23).
Fortalecen atención a la ciudadanía con línea 079 para trámites de la Cofepris.

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. (2026, septiembre 2).
Lineamientos para el programa médico de servicios de salud. 

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. (2026, septiembre 2).
Lineamientos para el programa médico-arquitectónico.

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. (2026, septiembre 2).
Lineamientos para los establecimientos de servicios de salud.

Correa, J. (2026, septiembre 22).
COFEPRIS publica nuevos lineamientos para licencias y construcción de establecimientos de salud.

La Jornada. (2026, septiembre 23).
Cofepris brindará atención y recibirá denuncias a través de la línea 079.