Si eres persona física con actividad empresarial, obtienes ganancias por dividendos, intereses o prestas servicios profesionales, entre otros, recuerda que debes realizar tu Declaración Anual  a más tardar el 30 de abril de 2018.

Ahora, recuerda que no estás obligado a declarar si eres un empleado asalariado, sin importar el monto, o salarios más intereses hasta por 20 mil pesos. Sin embargo, si quieres declarar, lo puedes hacer en cualquier momento del año.

Además este año es más fácil y rápido gracias al uso de la factura electrónica, pues ahora la declaración ya viene prellenada con tus ingresos, retenciones y deducciones. Solo tienes que revisar, aceptar y enviar.

Para declarar solo necesitas tu RFC y tu contraseña; recuerda que la e.firma solo es necesaria cuando tu saldo a favor es mayor a 10 mil pesos o para cambiar tu cuenta CLABE.

¿Quieres saber más? Ve la transmisión #EnVivo del evento de presentación o acude a la liga:

SAT
Declaración anual 2017