Si eres persona física con actividad empresarial, obtienes ganancias por dividendos, intereses o prestas servicios profesionales, entre otros, recuerda que debes realizar tu Declaración Anual a más tardar el 30 de abril de 2018.
Ahora, recuerda que no estás obligado a declarar si eres un empleado asalariado, sin importar el monto, o salarios más intereses hasta por 20 mil pesos. Sin embargo, si quieres declarar, lo puedes hacer en cualquier momento del año.
Además este año es más fácil y rápido gracias al uso de la factura electrónica, pues ahora la declaración ya viene prellenada con tus ingresos, retenciones y deducciones. Solo tienes que revisar, aceptar y enviar.
Para declarar solo necesitas tu RFC y tu contraseña; recuerda que la e.firma solo es necesaria cuando tu saldo a favor es mayor a 10 mil pesos o para cambiar tu cuenta CLABE.
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