El 15 de junio se celebra el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez, respaldado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), fecha elegida por la Asamblea General de dicho organismo el 19 de diciembre del 2011.
La importancia que tiene abordar este tema, subrayarlo fuerte, sostenidamente en las agendas sociales y de política social de todos los países del orbe es la ineludible responsabilidad social para atender con oportunidad, sensibilidad y ética las necesidades materiales y emocionales de quienes alcanzan una edad en la que inevitablemente se convierten en seres humanos frágiles, indefensos y dependientes de otras personas.
La vejez no es necesariamente y pocas veces lo es, la edad dorada en la que las personas se ven recompensadas por haber rebasado un determinado límite de supervivencia. En la mayoría de los casos, los ancianos se convierten en una pesada carga para las sociedades actuales, que carentes de políticas sociales realmente funcionales y de altos valores morales, perciben a los adultos mayores, el cual es el eufemismo políticamente aceptado para no decir la chocante palabra “viejos”, como “algo” carente de utilidad y valor alguno.
En una sociedad en la que se privilegia la juventud a costa de todo, la vejez es el recordatorio incómodo de las enfermedades asociadas a la misma, el deterioro físico y posiblemente intelectual y el término de la vida, tema que sigue siendo una asignatura pendiente de abordar con naturalidad en muchas culturas.
Un matiz adicional al ya doloroso tema del abuso y maltrato de los ancianos lo proporciona la Organización Mundial de la Salud (OMS), anotando que son las mujeres ancianas las que por cuestión de género, padecen mayores maltratos, lo que confirma que la violencia de género no solamente no concluye con la edad de las personas, sino que se agudiza.
La OMS define el maltrato a los ancianos como “un acto único o repetido que causa daño o sufrimiento a una persona de edad, o la falta de medidas apropiadas para evitarlo, que se produce en una relación basada en la confianza y que puede adoptar diversas formas, como el maltrato físico, psíquico, emocional o sexual y el abuso de confianza en cuestiones económicas, como posible resultado de la negligencia, sea esta intencional o no”.
Si consideramos que la población mundial de las personas de 60 años o más pasará de los 542 millones que eran en 1995 a 1,200 millones aproximadamente para 2025 y que del 4% al 6% de las personas mayores a nivel global han sufrido o sufren alguna forma de abuso y maltrato, nos daremos cuenta de la magnitud del problema.
En un país como el nuestro en el que la Tasa Global de Fecundidad disminuirá muy poco, de 2.16 en 2017 a 2.09 para 2050 y en el que la expectativa de vida se incrementa consistentemente de 70.4 años en 1990 a 77 años estimados para 2030 (cifras obtenidas del Consejo Nacional de Población), podemos prever que la presión que se generará por el inevitable “choque” entre las generaciones jóvenes por desarrollarse y alcanzar niveles de mejores niveles de vida y la “incómoda” necesidad de atender los requerimientos de una población envejecida y fuertemente demandante de mayores atenciones físicas, emocionales y de salud, para las que ni las familias, ni los sistemas sociales de salud se encuentran preparados, podría disparar las cifras del abuso y maltrato de ancianos, agravando aún más esta problemática.
Decálogo de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en México
- Derecho a una vida con calidad, sin violencia y sin discriminación.
- Derecho a un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial.
- Derecho a la salud, alimentación y familia.
- Derecho a la educación.
- Derecho a un trabajo digno y bien remunerado.
- Derecho a la asistencia social.
- Derecho a asociarse y participar en procesos productivos de educación y capacitación en su comunidad.
- Derecho a denunciar todo hecho, acto u omisión que viole los derechos que consagra la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
- Derecho a la atención preferente en establecimientos públicos y privados que presten servicio al público.
- Derecho a contar con asientos preferentes en los servicios de autotransporte.
Atender con oportunidad, calidad y comprensión las necesidades de las personas de la “tercera edad” es una responsabilidad personal, social y gubernamental de la que, cuando menos por conveniencia propia y viendo hacia el futuro, deberíamos asumir gustosamente.
Por: Manuel Garrod, Consultor Código F
Fuentes:
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
15 de Junio, Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez.
Organización de las Naciones Unidas.
Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez
Secretaría de Gobernación.
PROYECCIONES DE LA POBLACIÓN 2010-2050.
Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES. Decálogo de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.