La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios informó que 11 trámites relacionados con licencias, permisos y autorizaciones pueden realizarse sin pago de derechos o aprovechamientos cuando se cumplan los supuestos previstos en la normativa aplicable.
La medida está dirigida principalmente a instituciones públicas y busca facilitar la operación de servicios de salud, fortalecer campañas de prevención, apoyar la investigación pública y agilizar trámites necesarios para hospitales, laboratorios, farmacias, almacenes, bancos de sangre y servicios especializados.
Cofepris aclaró que la exención aplica únicamente al pago. Esto significa que no elimina ni flexibiliza los requisitos técnicos, sanitarios o documentales de cada trámite. Todas las solicitudes deberán presentarse completas y serán evaluadas bajo los mismos estándares regulatorios de protección a la salud.
¿Qué instituciones pueden acceder al beneficio?
De acuerdo con la información difundida por Cofepris, las exenciones pueden aplicar a dependencias federales, entidades federativas, municipios, organismos descentralizados, instituciones públicas de educación superior y profesionales pertenecientes al sector público.
La procedencia del beneficio dependerá del tipo de solicitante, del trámite solicitado y del fundamento legal correspondiente.
En la mayoría de los casos, la exención se relaciona con el último párrafo de las fracciones III o IV del artículo 195 de la Ley Federal de Derechos, que contempla supuestos para la Federación, entidades federativas, municipios y organismos descentralizados.
También existen casos específicos para campañas públicas de prevención de riesgos en salud, instituciones públicas de educación superior y profesionales del sector público que requieren recetarios especiales para prescribir estupefacientes.
Licencias sanitarias incluidas
El anexo difundido por Cofepris muestra que la mayor parte de los trámites exentos corresponde a licencias sanitarias para establecimientos vinculados con servicios públicos de salud.
Entre ellos se encuentran la licencia sanitaria para fábrica o laboratorio de insumos para la salud, con una cuota de referencia 2026 de 164 mil 122.92 pesos; y la licencia para almacén de depósito, distribución o acondicionamiento, con una cuota de 53 mil 128.44 pesos.
También se incluye la licencia sanitaria para farmacia o botica, con una cuota de 1 mil 903.60 pesos, aplicable a Federación, entidades federativas, municipios y organismos descentralizados; además de farmacias y boticas ubicadas en localidades menores de 2 mil 500 habitantes.
La licencia para droguería tiene una cuota de referencia de 6 mil 499.53 pesos, mientras que las licencias para establecimientos de atención médica donde se practiquen actos quirúrgicos u obstétricos y para establecimientos que presten servicios de hemodiálisis tienen cuotas de 29 mil 896.54 y 29 mil 174.69 pesos, respectivamente.
El listado también contempla licencias para establecimientos de salud con servicios de sangre, con cuota de 17 mil 142.65 pesos, así como para establecimientos de trasplantes, bancos de órganos, tejidos o células, medicina regenerativa y servicios de transfusión hospitalaria, con cuota de 16 mil 460.49 pesos.
Campañas de prevención, investigación y recetarios especiales
Además de las licencias sanitarias, Cofepris incluyó permisos sanitarios de publicidad para programas o campañas de prevención de riesgos en materia de salud. En este caso, la cuota es variable según el medio de difusión y los beneficiarios de la exención son la Federación, entidades federativas y municipios.
El anexo también menciona una autorización de protocolos de investigación de medicamentos o dispositivos médicos con fines de registro sanitario, con una cuota de referencia de 12 mil 379.32 pesos y beneficio para instituciones públicas de educación superior.
Sin embargo, este punto requiere precisión normativa. La publicación vincula ese trámite con el artículo 195-C, fracción II, de la Ley Federal de Derechos, disposición que se asocia con autorizaciones para terceros autorizados, laboratorios de prueba, organismos de certificación o unidades de verificación, no necesariamente con protocolos de investigación. Por ello, convendría que la autoridad precise el alcance exacto de esta exención para evitar confusiones en universidades públicas e instituciones interesadas.
Finalmente, el listado incorpora como nuevo concepto para 2026 la solicitud y, en su caso, expedición de permiso para utilizar recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes, con una cuota de 2 mil 931.27 pesos. En este caso, la exención puede beneficiar a profesionales pertenecientes al sector público, conforme a la normativa aplicable al aprovechamiento.
Beneficio económico sin relajar controles
Cofepris señaló que las cuotas incluidas en el anexo se muestran únicamente para dimensionar el beneficio económico previsto en 2026. La aplicación de la exención dependerá de que cada solicitante acredite que se encuentra dentro del supuesto legal correspondiente.
Esto significa que una institución pública puede quedar exenta del pago, pero deberá cumplir los mismos requisitos sanitarios que cualquier otro solicitante.
La gratuidad tampoco implica una autorización automática, una resolución más rápida ni una reducción en la evaluación técnica. Los expedientes deberán ser revisados conforme al trámite, la legislación vigente y los criterios regulatorios aplicables.
Impacto para el sistema público
Las exenciones pueden ser relevantes para la operación cotidiana del sistema público de salud, especialmente en unidades que requieren licencias sanitarias para funcionar, ampliar servicios o regularizar establecimientos.
Hospitales públicos, centros de atención quirúrgica u obstétrica, unidades de hemodiálisis, bancos de sangre, almacenes de insumos y farmacias institucionales pueden beneficiarse cuando cumplan los supuestos legales.
La medida también puede apoyar campañas públicas de prevención, al eliminar el pago de permisos de publicidad en los casos previstos, y facilitar gestiones de profesionales del sector público que requieren recetarios especiales para la prescripción de medicamentos controlados.
En materia de investigación, la autoridad deberá aclarar con precisión el trámite incluido en el beneficio, debido a la diferencia entre la descripción publicada y el fundamento legal citado.
Cofepris afirmó que la medida forma parte de su compromiso con una regulación sanitaria que proteja a la población, brinde certeza jurídica y fortalezca los servicios públicos de salud.
El beneficio puede reducir cargas económicas para instituciones públicas, pero su alcance dependerá de la correcta aplicación de la Ley Federal de Derechos y de la presentación completa de cada solicitud. La exención elimina el pago cuando procede; no elimina la obligación de cumplir requisitos, acreditar condiciones sanitarias y someterse a la evaluación regulatoria correspondiente.
Fuentes
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. (2026, julio 21).
COFEPRIS informa exenciones de pago en trámites estratégicos para el sector público.
ConsultorSalud. (2026, julio 24).
COFEPRIS: 11 trámites con exención de pago en 2026.
Pantoja, S. (2026, julio 23).
Cofepris exentará de pago los siguientes trámites y licencias. Proceso.
Hidalgo, A. (2026, julio 22).
Cofepris exenta del pago de derechos 11 trámites sanitarios para instituciones públicas. Excélsior.


