Por decreto, a partir del 1° de septiembre el organismo público descentralizado IMSS-BIENESTAR participará, junto con el Insabi y las entidades federativas en el objetivo de brindar a las personas sin afiliación atención gratuita médica y hospitalaria.

Después de más de 2 años y medio de la entrada en operaciones (1 de enero del 2020) del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), nacido como organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Salud para reemplazar al Seguro Popular (2004-2019) presentado como la evolución de la gestión de los servicios de salud para lograr la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a todas las personas sin seguridad social, gestionará su misión con el nuevo organismo IMSS-BIENESTAR.

“El INSABI tiene por objeto proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar en coordinación con la Secretaría, en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema” Artículo Cuarto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar.

El IMSS-Bienestar es un programa creado hace más de 42 años, que proporciona servicios de primero y segundo nivel de atención de salud en sus más de 4 mil unidades médicas, a la población que carece de seguridad social en localidades semiurbanas, rurales y con gran dispersión de población, cuya administración está a cargo del IMSS, específicamente, de la Unidad del Programa IMSS-BIENESTAR que actúa en coordinación con las Direcciones de Prestaciones Médicas, de Finanzas y de Administración, así como, con los Órganos de Operación del Instituto.

El programa IMSS-Bienestar se financia con recursos federales provenientes del Ramo 19: Aportaciones a Seguridad Social publicados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y son transferidos como un subsidio por parte del Gobierno Federal. Además, el Programa puede obtener recursos provenientes de la suscripción de convenios o de acuerdos interinstitucionales. Es importante resaltar que este servicio de solidaridad social que presta el instituto como lo establece la Ley del Seguro Social, se proporciona “sin perjuicio del eficaz otorgamiento de las prestaciones a que tienen derecho los trabajadores y demás beneficiarios del régimen obligatorio”.

En febrero, con la firma pública de los Convenios entre el IMSS y los estados de Nayarit y Tlaxcala se difundió el proceso de federalización de servicios de salud que oficialmente fue presentado el 15 de marzo en una conferencia matutina como el Plan de Salud para el Bienestar que buscaba que para 2024 los hospitales de salud a cargo de los gobiernos de los estados se convirtieran en hospitales del IMSS-Bienestar, operados y administrados con los lineamientos de ese modelo de Atención Integral a la Salud del IMSS-Bienestar.

A mayo se informó que ya eran más de 15 entidades federativas las que se habían suscrito convenios con el IMSS; sin embargo, durante la firma de estos Convenios se suscitaron diversas manifestaciones del personal de salud pues consideran que bajo este modelo sus derechos laborales no están garantizados.

De acuerdo con el director general del IMSS, Zoé Robledo, el IMSS-BIENESTAR se constituye, a diferencia del Insabi como un Organismo Público Descentralizado (OPD), con patrimonio propio y autonomía técnica, lo que idealmente garantizará la infraestructura y el equipamiento necesarios, respaldados por una plantilla cualificada de profesionales, técnicos y auxiliares sanitarios capaces de atender con solvencia las necesidades de sus pacientes.

“Es la evolución del programa IMSS Bienestar ahora a un órgano público que podrá tener muchas más capacidades para levantar el sistema de salud, una institución no sectorizada con patrimonio propio y autonomía técnica”. Zoé Robledo.

La publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del Decreto con el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), se realizó, según el titular del Ejecutivo Federal declaró durante la conferencia diaria matutina del 30 de agosto: “Queremos garantizar el derecho a la salud en todo el país de manera universal, de calidad y de forma gratuita, que eso es un reto, un desafío que logremos levantar el sistema de salud pública y lo dejemos como uno de los mejores del mundo. Ese es el desafío”.

De acuerdo con algunos expertos, consultados por Reforma, la creación de este organismo no resolverá los problemas de acceso universal a los servicios de salud.

“No parece haber una idea clara de hacia dónde quieren avanzar, no hay una estrategia de corto y mediano plazo en la que se definan los objetivos ni los recursos que se van a utilizar. Seguimos quedándonos en la indefinición” Octavio Gómez-Dantés especialista del Centro de Investigación en Sistemas de Salud del Instituto Nacional de Salud Pública  para Reforma

“No se definen servicios incluidos por nivel de atención ni como se esperaría cubrir los servicios de especialidad que llevan a mayor gasto de bolsillo de los hogares” Judith Méndez, investigadora del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria para Reforma

Cabe mencionar que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) continuará operando directamente las unidades de salud y hospitales con las que cuenta el Programa IMSS-Bienestar, en las entidades federativas en las que tiene presencia. Así mismo, cita el Tercero transitorio de la publicación: las personas trabajadoras del Programa IMSS-Bienestar seguirán disfrutando de los derechos y prestaciones que tienen actualmente, contenidos en el contrato colectivo de trabajo, sus reglamentos y demás normas que regulan las relaciones laborales en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Les compartimos algunos aspectos relevantes del Decreto publicado en el DOF.

Se establece como su objeto, el de brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna, ya sea mediante el Modelo de Atención Integral a la Salud, del Instituto Mexicano del Seguro Social o, en su caso, el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar, mismo que debe considerar la atención integral que vincule los servicios de salud y la acción comunitaria, según lo determine su Junta de Gobierno.

Sus recursos presupuestarios, materiales, humanos, financieros y de infraestructura que le transfieran directamente los gobiernos de las entidades federativas con cargo a recursos propios o de libre disposición, o bien, con los recursos del fondo de aportaciones a que se refiere el artículo 25, fracción II, de la Ley de Coordinación Fiscal, en los términos que fijen los convenios de coordinación que al efecto se celebren; así como, en su caso, aquellos recursos federales etiquetados que se determinen en las disposiciones aplicables.

Tendrá una Junta de Gobierno y la Dirección General, esté último será una designación del Presidente de la República. La Junta de Gobierno se integrará por la persona titular del IMSS, las personas titulares de SSA, SHCP, STPS, Secretaría de Bienestar, cuatro órganos normativos del IMSS y un representante del Sindicato mayoritario al que estén afiliados los trabajadores.

La persona titular de la Dirección General será designada por la persona titular de la Presidencia de la República.

En los Transitorios se establece su entrada en vigor a partir del 1° de septiembre, un periodo no mayor a treinta días para la instalación de La Junta de Gobierno del IMSS-BIENESTAR y la expedición de su Estatuto Orgánico en un plazo que no exceda sesenta días a partir de su instalación.

“De un diagnóstico efectuado en el territorio nacional sobre la situación de la infraestructura, cobertura, personal y equipamiento, se concluyó que el MAIS del Programa IMSS-BIENESTAR, cuya base es la Atención Primaria a la Salud, actualmente administrado con éxito por el Instituto Mexicano del Seguro Social, permite transformar los sistemas de salud de los estados de la República y, al mismo tiempo, avanzar en la consolidación del Sistema de Salud para el Bienestar a fin de garantizar que todas las personas sin seguridad social accedan a dicho modelo”

Por: Manuel Garrod y Maricarmen Velázquez, miembros del Comité Editorial de códigoF.

Fuentes:

Instituto Mexicano del Seguro Social (30 de agosto del 2022).
Evoluciona IMSS-Bienestar a Órgano Público Descentralizado con más capacidades para levantar sistema de Salud.

Diario Oficial de la Federación (31 de agosto del 2022).
DECRETO por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).

AMLO (30 de agosto del 2022).
Versión estenográfica de la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador.

AMLO (15 de marzo del 2022).
Versión estenográfica de la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador. 

Instituto Mexicano del Seguro Social (15 de marzo del 2022).
Firman los gobiernos federal y de Colima Convenio marco para el mejoramiento de los servicios de salud | Sitio Web “Acercando el IMSS al Ciudadano”