El Diario Oficial de la Federación publicó las Reglas de Organización y Funcionamiento del Comité de Promoción de la Inversión Farmacéutica, un órgano colegiado creado para acompañar los procesos de contratación consolidada de medicamentos e insumos de fuente única y patente, y para ordenar el diálogo con la industria sobre propuestas de inversión en México.

En la comunicación pública sobre el tema, este movimiento se ha presentado como parte del “Plan México”. En el texto normativo, el marco explícito es el Decreto por el que se fomenta la inversión en territorio nacional (publicado el 2 de junio de 2025).

El documento está suscrito por las personas titulares de las secretarías de Economía, Anticorrupción y Buen Gobierno, y Salud.

Qué es el Comité y cuál es su objetivo

Las reglas definen al Comité como un “órgano colegiado cuyo objetivo es facilitar el diálogo con la industria farmacéutica y de dispositivos médicos para analizar y acordar propuestas de inversión en territorio nacional”.

El marco que lo sostiene es el decreto publicado el 2 de junio de 2025 para fomentar inversión en el país, fortalecer la industria farmacéutica, la producción de insumos para la salud y el desarrollo de investigación científica nacional.

Qué funciones tendrá en la práctica

El Comité concentrará tareas de análisis, acuerdo y seguimiento. Entre sus funciones están revisar propuestas de inversión presentadas por empresas interesadas en ofertar medicamentos y dispositivos médicos de fuente única y patente; formular acuerdos y definir compromisos que se formalizarán en Convenios de Concertación.

Además, las reglas prevén expresamente que esos convenios y compromisos puedan celebrarse con personas físicas o morales, tanto de la industria farmacéutica y de dispositivos médicos como de quienes realicen desarrollo en investigación científica o productos innovadores en materia de salud.

Asimismo, el documento establece que el Comité deberá “alinear sus decisiones con el enfoque de promoción de la proveeduría nacional” y monitorear el cumplimiento de compromisos mediante su Secretaría Técnica.

Quiénes lo integran y quiénes participan como invitados

La integración formal recae en tres dependencias: Secretaría de Salud (preside), Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y Secretaría de Economía.

Como invitadas permanentes (con voz, sin voto) se contempla a Birmex, Consejo de Salubridad General, IMSS, IMSS Bienestar e ISSSTE, y se prevé invitar a otras instituciones cuando se estime pertinente.

Cómo sesionará y cómo toma decisiones

El documento fija una operación mínima: el Comité “sesionará por lo menos una vez al año” de manera ordinaria y podrá hacerlo de forma extraordinaria cuando sea necesario.

Para sesionar válidamente se requiere la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes; los acuerdos se aprueban por mayoría y, en caso de empate, la Presidencia tiene voto de calidad.

Con la entrada en vigor de estas reglas, el Comité queda formalmente habilitado para comenzar a operar bajo estas disposiciones (sesionar, adoptar acuerdos y canalizar convenios).

Reglas de proporcionalidad: cuánto debe invertir una empresa, según el tipo de compromiso

El texto contempla un mecanismo para revisar si la inversión propuesta guarda proporción con el monto estimado de la compra consolidada. La Secretaría Técnica solicitará a Birmex el estimado del monto del procedimiento y verificará el cumplimiento de umbrales mínimos, que el Comité aplicará como “umbrales fijos de proporcionalidad”.

Los mínimos establecidos son:

  • Investigación científica, desarrollo tecnológico o estudios clínicos: al menos dos por ciento (2%) del monto estimado total de las contrataciones con la empresa.
  • Infraestructura o capacidad productiva instalada: al menos uno por ciento anualizado (1%) del monto estimado total, por cada año de vigencia del compromiso, cuando se destine a construcción, ampliación, modernización o equipamiento en territorio nacional.
  • Generación de empleo formal: al menos uno por ciento anualizado (1%) del monto estimado total, con compromiso de incremento neto de empleos permanentes y verificación mediante registros ante el IMSS.

También se establece que no serán analizadas las propuestas que no cumplan con los Lineamientos previstos por el decreto.

Principios de actuación y control de integridad

Las reglas ordenan que el Comité actúe “de manera imparcial y objetiva” y que sus integrantes se rijan por principios como legalidad, transparencia, integridad, imparcialidad, eficiencia, austeridad y racionalidad en el uso de recursos públicos.

Además, al inicio de cada sesión, las personas integrantes “deberán manifestar si cuentan o no con un conflicto de interés” respecto de los asuntos del orden del día, y esa manifestación deberá considerarse como acuerdo.

En pocas palabras, el Acuerdo implica que, para participar en compras públicas consolidadas de medicamentos e insumos de fuente única y patente, las empresas (y también personas físicas, si aplica) enfrentarán un esquema más formalizado y verificable de negociación, lo que empuja a traducir interés comercial en compromisos medibles dentro del país. 

Las reglas entrarán en vigor hoy, 24 de febrero, el día siguiente de su publicación en el DOF.

Fuentes:

Diario Oficial de la Federación. (2026, febrero 23).
REGLAS de Organización y Funcionamiento del Comité de Promoción de la Inversión Farmacéutica.

Cruz Martínez, Á. (2026, febrero 23).
Inicia funciones comité que evaluará inversiones de farmacéuticas para mejorar insumos. La Jornada.

Santiago, J. (2026, febrero 23).
Gobierno publica reglas para promover las inversiones en la industria farmacéutica. El Economista.