Cualquier comunicación que promueva e impulse la adquisición de un producto, el uso de un servicio, o la realización de una actividad relacionada con la salud, debe apegarse a la normatividad existente y a la ética

Recientemente, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) dio a conocer el que consideramos un instrumento esencial para crear conciencia, y asumir y deslindar responsabilidades relacionadas con la actividad mediática de los denominados influenciadores, o líderes de opinión, que capitalizan en beneficio de sus patrocinadores (no siempre evidentes) su capacidad de convocatoria, promoviendo productos o servicios relacionados con la salud, transgrediendo en ocasiones las normas éticas y regulatorias que deben regir este tipo de comunicación.

El documento fue desarrollado por el Consejo Consultivo de Publicidad de la COFEPRIS, y se titula Guía de Roles y Responsabilidades de una Publicidad por Influencia, en el se describen la normatividad que regula la publicidad de este tipo de productos y servicios, las categorías en las que se engloban los diferentes productos y servicios, y las consecuencias de una publicidad irregular; contenido nutrido con algunos consejos útiles y un glosario para establecer un lenguaje común sin ambigüedades.

“Cuando el contenido de un video, comercial, live, spot y las palabras de una persona impulsan la compra, consumo o uso de un producto o servicio, se está generando una publicidad por influencia, aunque con diferente alcance de seguimiento y responsabilidad”. Guía de Roles y Responsabilidades de una Publicidad por Influencia

Lo cierto es que el ámbito de la publicidad cambió radicalmente con el surgimiento y consolidación de los nuevos canales y medios de comunicación a través de las redes sociales, los que frecuentemente se sobreexplotan, utilizando el poder de convocatoria y convencimiento de personalidades y líderes de opinión, quienes, en muchos casos, sin tener ni la preparación ni los conocimientos necesarios, ni los parámetros de autorregulación y ética indispensables, abusan de su poder de convencimiento para impulsar a sus seguidores a comprar productos, hacer uso de servicios, o realizar rutinas relacionadas con la salud que no siempre cumplen lo que ofrecen, y que en algunos casos incluso pueden llegar a poner en riesgo a los usuarios.

Si bien es cierto que la Guía de Roles y Responsabilidades de una Publicidad por Influencia no es una norma para sancionar la comunicación a través de los influenciadores, es un extraordinario primer paso para poner límites a una actividad aparentemente “inocente”, que muchas veces trasgrede los límites de la ética y la legalidad, siendo, como lo dice la misma autoridad, una “herramienta de fomento sanitario para concientizar a todas las participantes de la cadena publicitaria y a consumidores”.

Por: Manuel Garrod, miembro del Comité Editorial de códigoF

Fuentes:

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. (s.f.).
Guía de Roles y Responsabilidades de una Publicidad por Influencia.