Las nuevas instancias interinstitucionales tendrán la responsabilidad de diseñar los mecanismos operativos, técnicos, financieros, digitales y jurídicos necesarios para que los usuarios puedan recibir atención en distintas instituciones públicas de salud.
El Gobierno de México dio un nuevo paso en la construcción del Servicio Universal de Salud (SUS) con la publicación de las reglas de organización y funcionamiento de los siete Comités Interinstitucionales Especializados que participarán en su implementación.
Las reglas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 20 de julio, establecen la estructura mediante la cual la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), IMSS-Bienestar, Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (CCINSHAE) deberán construir los acuerdos necesarios para hacer posible el intercambio de servicios entre instituciones.
Su publicación deriva del Decreto por el que se creó el Servicio Universal de Salud, emitido el 17 de abril de 2026, en el que se definió al SUS como un mecanismo obligatorio de coordinación e integración operativa entre las instituciones públicas federales que prestan servicios de salud.
A diferencia de una reorganización institucional, el modelo no contempla la desaparición o fusión de las instituciones existentes. El IMSS, el ISSSTE, IMSS-Bienestar, Pemex y los institutos nacionales conservarán su personalidad jurídica, atribuciones y estructura operativa. El objetivo es que funcionen como una red coordinada que permita a las personas recibir determinados servicios médicos independientemente de la institución a la que se encuentren afiliadas.
En este contexto, las nuevas reglas todavía no significan que el Servicio Universal de Salud opere plenamente. Lo que hacen es definir la arquitectura institucional encargada de convertir los objetivos del decreto en procedimientos, criterios, instrumentos financieros, soluciones tecnológicas y adecuaciones normativas concretas.
Una gobernanza basada en acuerdos interinstitucionales
La rectoría formal del Servicio Universal de Salud corresponde a la Secretaría de Salud. Sin embargo, buena parte de su funcionalidad se construirá mediante los acuerdos alcanzados por los Comités Interinstitucionales Especializados.
Estas instancias estarán orientadas a la construcción de consensos entre instituciones que cuentan con modelos de atención, capacidades, sistemas de información, presupuestos y marcos jurídicos distintos.
Cada comité será presidido por la Secretaría de Salud y contará con una secretaría técnica de carácter rotativo y anual entre las instituciones participantes. Deberán sesionar, por lo menos, cuatro veces al año y podrán convocar a personas invitadas que aporten conocimientos especializados, quienes participarán con voz, pero sin voto.
Por encima de los comités se encuentra el Grupo Estratégico y Coordinador, encabezado por la persona titular de la Secretaría de Salud e integrado por los titulares de las instituciones participantes. Este grupo será responsable de aprobar la política de operación del SUS, coordinar los trabajos de los comités, revisar sus propuestas y supervisar su implementación.
La Secretaría Técnica del Grupo recae en la Subsecretaría de Integración Sectorial y Coordinación de Servicios de Atención Médica, encabezada por Eduardo Clark García Dobarganes, que tendrá un papel central en la articulación técnica y el seguimiento de los acuerdos.
El Grupo Estratégico fue instalado el 10 de junio de 2026, en una sesión encabezada por el secretario de Salud, David Kershenobich Stalnikowitz. Durante su instalación se aprobó la creación de los siete comités y se señaló que sus trabajos deberán promover la homologación de los procesos institucionales requeridos para implementar el nuevo servicio.
Siete comités para construir la operación del SUS
El diseño divide las principales decisiones operativas del Servicio Universal de Salud entre siete instancias especializadas:
- Comité Operativo: Tendrá a su cargo el seguimiento de las reglas de acceso, referencia, contrarreferencia y navegación de los usuarios dentro de la Red Integrada de Servicios. También deberá promover la homologación de procesos y acompañar la credencialización de la población.
- Comité Técnico: Analizará las brechas existentes entre la oferta y la demanda de servicios, así como las diferencias en infraestructura, recursos humanos, equipamiento y capacidad instalada. Sus recomendaciones deberán sustentar la planeación sectorial y la integración funcional entre instituciones.
- Comité Financiero-Presupuestario: Será responsable de proponer la metodología para determinar tarifas únicas, revisar el catálogo tarifario y diseñar la cámara de compensación entre instituciones. Asimismo, deberá formular mecanismos de conciliación, validación y pago, además de evaluar la sostenibilidad financiera del SUS.
Este componente será determinante, ya que el intercambio de servicios requerirá identificar quién presta la atención, cuánto cuesta, qué institución debe pagarla y cómo se garantizará la trazabilidad de los recursos. Las propuestas correspondientes deberán articularse con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Comité de Calidad y Modelo de Atención Primaria en Salud: Además de promover estándares comunes de calidad y seguridad del paciente, diseñará el Modelo de Atención de los denominados Consultorios SUS.
Esta responsabilidad se incorporó mediante una modificación a las reglas publicada el 24 de julio. Con ella, el Gobierno de México planteó una primera ruta institucional para integrar consultorios de atención primaria al nuevo modelo y definir los documentos técnicos necesarios para su implementación.
El comité también deberá proponer las acciones específicas relacionadas con la primera etapa del intercambio de servicios y asegurar que se desarrollen conforme a estándares homogéneos de calidad.
- Comité de Transformación Digital: Tendrá la responsabilidad de impulsar la conectividad, digitalización e interoperabilidad de los sistemas de información. Entre sus funciones se encuentran el seguimiento al Expediente Clínico Electrónico, el intercambio seguro de datos y la continuidad de la atención cuando una persona sea atendida en una institución diferente.
- Comité de Evaluación: Desarrollará metodologías e indicadores para medir cobertura, calidad, desempeño, productividad, eficiencia y resultados en salud. También deberá generar recomendaciones basadas en evidencia para la mejora continua del Servicio Universal de Salud.
- Comité Legal: Analizará y propondrá las reformas legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar viabilidad jurídica a los acuerdos alcanzados por los demás comités.
De la arquitectura institucional a la atención de los pacientes
El reto central será trasladar los acuerdos de los comités a la operación cotidiana de cada institución. Para ello será necesario homologar procesos clínicos y administrativos, definir rutas de referencia, hacer interoperables los sistemas digitales y establecer mecanismos de compensación financiera que no generen barreras o retrasos en la atención.
La primera etapa del intercambio de servicios está prevista para comenzar el 1 de enero de 2027 e incluye acciones prioritarias como la atención de emergencias, embarazos de alto riesgo, Código Infarto, Código Cerebro, diagnóstico y atención de cáncer de mama, continuidad de tratamientos y consultas de atención primaria.
Esto coloca al segundo semestre de 2026 como un periodo crítico. Durante estos meses deberán generarse y aprobarse los acuerdos técnicos, operativos, financieros y jurídicos que permitan que dichas intervenciones comiencen a funcionar en los plazos anunciados.
También deberán resolverse aspectos de alta complejidad: la suficiencia de recursos humanos y financieros; las diferencias en infraestructura y capacidad instalada; la homologación de protocolos; la protección de datos personales; la actualización de tarifas; la disponibilidad de medicamentos e insumos, y la trazabilidad del gasto asociado con la atención prestada entre instituciones.
Para el sector farmacéutico y de dispositivos médicos, la evolución de estos trabajos será relevante porque la integración de redes y servicios puede modificar la planeación de la demanda, los modelos de abasto, las necesidades de interoperabilidad, los estándares de atención y la utilización de tecnologías sanitarias.
La posibilidad de invitar a especialistas y representantes de instituciones públicas o privadas a las sesiones abre, además, un espacio potencial para aportar evidencia y experiencia técnica. No obstante, esa participación dependerá de las decisiones de cada comité y se realizará únicamente con derecho a voz.
La publicación de las reglas representa, por tanto, un avance institucional relevante, pero el resultado dependerá de la capacidad de las instituciones para construir acuerdos ejecutables, asignar recursos suficientes y traducirlos en mejoras verificables para los usuarios.
El éxito del Servicio Universal de Salud no se medirá solamente por la instalación de sus órganos de gobernanza, sino por su capacidad para garantizar que una persona reciba atención oportuna, continua y de calidad, sin que su afiliación institucional se convierta en una barrera.
Fuentes
Diario Oficial de la Federación. (2026, abril 17).
DECRETO por el que se crea el Servicio Universal de Salud del Gobierno de México.
Secretaría de Salud. (2026, junio 10).
43. Secretaría de Salud instala Grupo Estratégico para la Implementación del Servicio Universal de Salud.
Diario Oficial de la Federación. (2026, julio 20).
Reglas de organización y funcionamiento de los Comités Interinstitucionales Especializados.
Diario Oficial de la Federación. (2026, julio 24).
Acuerdo por el que se modifican las Reglas de organización y funcionamiento de los Comités Interinstitucionales Especializados, publicadas el 20 de julio de 2026.
Diario Oficial de la Federación. (2026, julio 24).
Nota Aclaratoria a las Reglas de organización y funcionamiento de los Comités Interinstitucionales Especializados, publicadas el 20 de julio de 2026.


