El pasado 29 de julio, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) publicó una alerta sobre la existencia de distribuidores irregulares de medicamentos, emitiendo una Alta Directiva Sanitaria sobre los controles que deben aplicar los distribuidores de medicamentos para evitar el ingreso de insumos ilícitos en la cadena de suministro.
De acuerdo con la Cofepris, algunas de las principales faltas de estos establecimientos son: no contar con autorización sanitaria para vender medicamentos e incumplir requerimientos en infraestructura, documentación, personal y/o equipamiento, llegando a identificar que algunas son en realidad empresas que simulan operaciones a través de la emisión de facturas.
Derivado de esto, la Cofepris presentó la Plataforma de distribuidores irregulares de medicamentos, para que los establecimientos públicos y privados dedicados a la comercialización, recepción y distribución de insumos para la salud, como: farmacias, aseguradoras, almacenes, clínicas y hospitales, así como pacientes o personas interesadas en la adquisición de medicamentos, puedan verificar el listado de las empresas identificadas como posiblemente irregulares.
“La plataforma se actualizará de manera permanente con nuevos establecimientos identificados por incumplir la normatividad, o para retirar del listado aquellos que presenten evidencia de cumplimiento” Cofepris.
A la fecha, la plataforma incluye más de 40 establecimientos que no cumplen la regulación sanitaria, y que fueron detectados como resultado de la vigilancia realizada por Cofepris y por denuncias ciudadanas.
La Comisión alerta a la población que los medicamentos irregulares representan riesgos inminentes a la salud de las personas, pues carecen de garantías de calidad, seguridad, eficacia y no cuentan con certificaciones de buenas prácticas de fabricación, conservación o distribución.
Los principales riesgos por el consumo de medicamentos irregulares son: el desarrollo de enfermedades al suministrar sustancias no estériles o tóxicas; falta de efecto terapéutico por no contar con el principio activo original; y/o pérdida del estado de salud por suspensión de tratamiento efectivo.
Paralelamente, Cofepris emitió una Alta Directiva Sanitaria dirigida a las empresas distribuidoras para asegurar que todos los distribuidores cumplan cabalmente la regulación sanitaria, garantizando las condiciones de almacenaje y trazabilidad de todos los insumos para la salud.
La Alta Directiva Sanitaria informa los 14 controles que deben cumplir los establecimientos dedicados a distribución y comercialización de insumos para salud como comercios al por mayor de productos farmacéuticos y dispositivos médicos, farmacias, droguerías y boticas, a fin de evitar que ingresen a la cadena de suministro productos falsificados, alterados y/o adulterados.
Alta Directiva Sanitaria.
Consulta la Alta Directiva Sanitaria y verifica los controles que deben cumplir los establecimientos dedicados a la distribución y comercialización de insumos para la salud, a fin de evitar que ingresen a la cadena de suministro de productos falsificados, alterados y/o adulterados.
En forma adicional a la consulta de la plataforma, Cofepris emitió las siguientes recomendaciones para la adquisición de medicamentos.
Cofepris recomienda a pacientes y población en general, así como compradores de medicamentos:
1. Revisar que los distribuidores cuenten con la documentación legal que los acredite, como el aviso de funcionamiento o la licencia sanitaria.
2. En caso de detectar establecimientos que no cumplan estos requisitos, realizar la denuncia sanitaria a través de la página de Cofepris.
3. Para el caso de importaciones, el distribuidor deberá contar con la documentación legal actualizada que respalde su funcionamiento.
Quienes forman parte del Sistema Nacional de Salud, establecimientos dedicados a comercialización, recepción y distribución de insumos para la salud, públicos y privados como farmacias, aseguradoras y almacenes, deberán cumplir las directivas publicadas en el portal de Cofepris dirigidas a farmacias públicas o privadas, así como almacenes de medicamentos o comercializadores al por mayor.
Cuando las aseguradoras médicas en su servicio suministren medicamentos de manera directa o por interpósita persona, o en los casos en que se vincule a un distribuidor de medicamentos con una persona asegurada, debe contar con las políticas y controles suficientes para garantizar en todo momento el cumplimiento de la normatividad en materia sanitaria que garantice calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos y demás insumos relacionados con el servicio que provee.
Finalmente, el Sistema Federal Sanitario debe fortalecer acciones de vigilancia sanitaria a farmacias y empresas dedicadas al comercio al por mayor de medicamentos, a partir de las directivas establecidas por esta Comisión.